Refrán del día

lunes, 7 de marzo de 2011

Los planes de pensiones



Esta semana vamos a explicar en qué consiste un plan de pensión.


Un plan de pensión es un modo de poder complementar o acompañar la pensión que recibas en un futuro, siendo una pensión que se puede cobrar a la vez que la recibida por la jubilación (no es sustitutiva). De esta forma, podrás recuperar lo invertido en dicho "plan" añadiendole los rendimientos producidos durante el tiempo en cuestión.

Cuando he mencionado recuperar lo invertido ha sido porque una persona que quiera dicho plan invierte sus ahorros en un fondo de pensiones ( los cuales disfrutan de gratificaciones fiscales). Lo que el inversor ha invertido y que forma parte del fondo recibe el nombre de unidad de cuenta, la cual se determina su valor diariamente y el método de su cálculo consiste en la división de todo el dinero del fondo por el número de unidades.
Veamos una grabación en la que se nos introduce



Pasemos a ver ahora quién gestiona todo esto.

Los que gestionan esta actividad son una entidad gestora que parte con obligaciones como controlar y vigilar dicho fondo o informar a los participantes. Esta impone una cantidad mínima en la aportación. No cualquiera puede ser o fundar una entidad gestora se necesita estar inscrito en la Dirección General de Seguros, así como una autorización de la Administración.
Estas entidades no pueden hacer lo que les venga en gana, por lo que suele haber mecanismos de vigilancia como una comisión de control de los inversores. En último recurso cuando existe inconformidad con la gestión, se podría recurrir a la ley.
Acabamos de ver que la entidad gestora es la que como su nombre indica gestiona, pero también existe una entidad depositaria en la que se deposita el dinero.
Dichas gestiones conllevan un conjunto de gastos que se cobra a modo de comisiones ya que estas entidades no van a realizar todo esto gratis.
-Comisión de gestión: cobrada por la entidad gestora, dicha comisión se saca del valor diario de la unidad de cuenta, suele estar entre un 1% y 2% de esta.
-Comisión de depósito: cobrada por en la entidad depositaria. Es igual que la comisión de gestión pero esta suele encontrarse entre un 0% y 0,6%.
Podríamos considerar también comisión de traspaso pero está prohibida.
Aquí coloco un gracioso anuncio de una entidad fomentando la contratación de estos servicios:



Referente a la fiscalidad.
El que realiza una aportación a un Plan de Pensión se ve desgravado en la Base Imponible del I.R.P.F. Lo que se quiere decir que tu aportas al fondo no tienes que tributar por ello a la hora de pagar a hacienda.Por ejemplo, ganas 10000 euros al año , y 2000 los metes al fondo, pues entonces tributas por 8000 euros.

Ahora veamos la fiscalidad respecto al rescate de este.
Este plan sólo se puede rescatar si se produce la jubilación, fallecimiento del titular, caso de invalidez, más de dos años de paro o grave enfermedad.
Encontramos 3 formas para dicho rescate:
-En forma de renta: se cobrarán los derechos en pagos diferidos, es decir , en diferentes pagos acordados con un seguro de rentas.
-En forma de capital: recibe los derechos de pago en un sólo cobro por lo cuál tiene que soportar el titular una gran carga fiscal, en el primer modo en forma de renta no es tanta la carga.
-En forma mixta: es una combinación de capital y renta, recibiendo de las dos formas los derechos.

Si empezamos a establecer tipos de planes podemos hacer varias clasificaciones.
Según los inversores.
-Individuales: persona por su cuenta contrata el servicio con una entidad.
-De empleo: lo lleva a cabo una empresa hacia sus trabajadores, puede considerarse un modo de retribución
-Asociados: lo realizan un colectivo, asociación , determinado grupo...

Por el tipo de aportación
-De aportación definida: se establece el importe que se debe abonar por persona.
-De prestación definida: dónde lo que se establece es lo que la persona va a cobrar en el momento de su jubilación.
-Plan mixto:  es una mezcla en la que se establece lo que abonan y lo que van a recibir.
Según su forma inversión
-Renta fija: se invierte todo en este tipo de renta. Así desde el principio se sabe lo que se obtendrá al final.
-Renta variable: en la que invierte como mínimo un 75% de la cantidad en renta variable.Aquí la rentabilidad estará en función de los valores cotizados.
-A parte de estas como siempre en todo hay mezclas, por lo que podríamos considerar otro tipo llamado mixto con mezclas de estas.

Para finalizar me gustaría añadir otro documento que ví del que se puede ver el beneficio de un plan de pensión a la vez que disfrutar:
Materiales utilizados:
-google imágenes
-youtube
-wikipedia
-foros financieros

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